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Gran Invalidez por encefalopatía y trastorno grave de memoria a causa del consumo de alcohol

Gran Invalidez por encefalopatía y trastorno grave de memoria a causa del consumo de alcohol
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La gran invalidez es el grado más elevado de incapacidad permanente. Y es precisamente el que necesitaba Aurelio, a quien el INSS solo le reconoció una incapacidad absoluta -el grado inferior-. Pero este trabajador precisaba de la ayuda de terceros para las tareas más esenciales de su día a día (vestirse, comer, asearse…) Y así lo demostramos en el juicio. Una situación que, sin duda, merece una pensión con el complemento de gran invalidez. Te contamos su lucha.

Incapacidad Absoluta en 2018

A finales de 2018, la Seguridad Social otorgó a Aurelio una incapacidad permanente absoluta. Y, al no estar de acuerdo con esa decisión, él y su familia interpusieron una Reclamación Previa. No es una novedad decir que el resultado de esa gestión fue nulo, ya que el INSS desestimó su solicitud de aumento de grado.

La incapacidad absoluta que cobraba era tan solo de 545,05 € al mes, una cantidad que en su caso no era suficiente para poder llevar una mínima calidad de vida debido a sus afecciones. Él solicitaba, como comentábamos, el complemento de Gran Invalidez, que sumaría otros 696,92 € a su prestación. Y ni siquiera por un importe tan modesto lo consiguió.

Trastorno amnésico y encefalopatía de Wernicke

En la vista oral, que tuvo lugar en el Juzgado de lo Social nº 10 de Barcelona, aportamos informes médicos y periciales. Incluso el médico forense de los juzgados aportó su valoración. La jueza, a la vista de dicha documentación, constató que Aurelio padece “trastorno mnesis persistente y deterioro cognitivo, causado por una encefalopatía de Wernicke, crónico sin probabilidades e involución”, es decir, que lejos de mejorar empeoraba con el tiempo.

Y añadió lo que tanto esperaba nuestro cliente: “precisa ayuda de terceras personas para las actividades básicas de la vida diaria”.

El informe del SGAM: poco veraz

La clave del juicio fue que la magistrada dotó de más valor a los informes médicos, periciales y forenses que a la propia valoración del tribunal médico. En este sentido, afirmó que “en el presente caso se otorga mayor veracidad al informe forense y a los informes médicos del servicio de neurología del Hospital de Mollet, hospital público de referencia y especializado, frente a la valoración del SGAM (tribunal médico)”.

Asimismo, recordó que “la jurisprudencia ha reiterado que las enfermedades neurológicas o psíquicas son susceptibles de integrarse en el grado de gran invalidez, cuando el trabajador requiere estímulos de otra persona para actos que deben considerarse vitales”. Ya podéis imaginar, por tanto, cuál fue su veredicto… Pero analicemos primero las limitaciones de Aurelio.

Patología y limitación funcional

En la sentencia, se toma como hecho probado que nuestro cliente sufre trastorno amnésico persistente -inducido por el alcohol-. Y un deterioro cognitivo provocado por encefalopatía de Wernicke. Dicha enfermedad, también relacionada con el alcoholismo, causa un daño cerebral que genera una confusión aguda, deficiencias oculares y pérdida severa del equilibrio.

El propio forense dictaminó que, en el caso de nuestro cliente, “las secuelas son definitivas”.

En concreto, se corroboró que el trabajador tiene “un confuso estado mental de apatía y un trastorno profundo de la memoria, con amnesia severa y pérdida de memoria reciente y activa”. A esto se sumó la verificación de que “requiere supervisión estrecha para las actividades básicas de automantenimiento, movilidad, comunicación y manejo del entorno”.

La condena al INSS

La jueza, tras evaluar todo el conjunto de pruebas, falló a nuestro favor, condenando a la entidad pública a hacer tributario a Aurelio del complemento de gran invalidez, que se suma a lo que percibe por incapacidad absoluta. Además, estableció los efectos económicos desde noviembre de 2018, por lo que el demandante va a percibir atrasos de la diferencia entre ambas cantidades. Ahora, en total, cobra una prestación de 1.241,97 €. Algo que puede ayudarle a sufragar mejor los gastos del soporte que necesita, y que con la anterior pensión era prácticamente imposible.

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