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Una jueza convierte en Absoluta la Incapacidad Total de una cajera debido a su esclerosis múltiple

Una jueza convierte en Absoluta la Incapacidad Total de una cajera debido a su esclerosis múltiple
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Peleando se puede llegar a conseguir un grado de incapacidad permanente más elevado si hay lesiones que lo justifiquen, aunque el INSS lo niegue. Así sucedió en este caso, donde una cajera que era tributaria de una incapacidad total logró la absoluta demandando a la Seguridad Social. Susana padece esclerosis múltiple, y necesitaba protección económica por no poder desarrollar ningún tipo de trabajo. Finalmente, llevamos su caso y el Juzgado de lo Social nº 10 de Barcelona le dio la noticia que tanto anhelaba.

La negativa del INSS en 2019

En mayo de 2019 el INSS decidió que Susana merecía una incapacidad total para su profesión habitual de cajera. Pero eso era poco para sus dolencias, teniendo en cuenta lo que la invalidaban para ejercer cualquier clase de empleo. Así que contra dicha resolución fue interpuesta una Reclamación Previa, pero esta fue desestimada en octubre de 2019. Cinco meses de espera que no llegaron a buen puerto.

Pero la trabajadora no se rindió y se puso en contacto con nuestro bufete, porque estaba segura de que podía acceder a la incapacidad absoluta. Nosotros estudiamos su caso y confirmamos que tenía razón.

Esclerosis múltiple agresiva

Ya en la vista oral, demostramos ante la magistrada que nuestra cliente estaba diagnosticada de esclerosis múltiple remitente-recurrente de curso agresivo. Y que tenía muchas dificultades para caminar, habiendo perdido fuerza en las extremidades. Asimismo, aportamos pruebas de que estaba limitada para actividades que impliquen esfuerzos físicos o que requieran manualidad, y que no podía estar mucho tiempo ni en pie ni sentada.

Valoración de los documentos

Todo ello estaba corroborado por informes médicos de la sanidad pública, un estudio pericial y, además, por el testimonio del médico forense del juzgado. Este último, según se puede leer en la propia sentencia, fue determinante para que la juzgadora nos diera la razón. Y respecto al resto de documentación, también en la resolución judicial se observa como la magistrada otorga más valor a los informes de los especialistas que al dictamen del tribunal médico.

La evolución de Susana

La historia médica de esta cajera es sobrecogedora. Todo empezó cuando en 2017 tuvo un brote medular y cervical de esclerosis múltiple, que le afectó mucho a las extremidades desde el punto de vista motor. Después, en menos de un año, comenzaron las alteraciones visuales (diplopía) y la inestabilidad al moverse. Y en pocos meses aparecieron nuevas afecciones neurológicas. Más tarde, en 2019, comenzó a disminuir gravemente su sensibilidad y a evidenciarse que su marcha estaba muy afectada por la parálisis progresiva de su musculatura -paresia-, y por esa pérdida de fuerza que hemos señalado anteriormente.

Pero la esclerosis no se frenó, y en 2020 se sumó la urgencia urinaria. Todo ello fue, como decíamos, ratificado por el médico forense, quien concluyó que “la paciente estaba limitada de forma permanente y objetiva para trabajos que impliquen esfuerzos, para la deambulación y bipedestación prolongada, sube y baja escaleras con dificultad, camina con inestabilidad necesitando de una muleta para ir fuera de casa, y tiene problemas en la sedestación”.

Incapacidad Absoluta irrebatible

La sentencia, finalmente, condenó al INSS a reconocer a esta cajera la incapacidad permanente absoluta. La jueza dejó claro que nuestra defendida “está incapacitada para desarrollar un trabajo valorable en términos efectivos de empleo, puesto que debido a los efectos que le causa la esclerosis múltiple que padece, no puede desarrollar una actividad laboral con los mínimos exigibles de dedicación, diligencia y atención, que son indispensables en el más simple de los oficios”.

Susana pasó así de cobrar una incapacidad total a una absoluta, del 100% de su base reguladora de 917,02 €. Con efectos económicos desde mayo de 2019, de manera que adicionalmente se le ha dado derecho a cobrar un año y siete meses de atrasos, ya que la resolución judicial tiene fecha de noviembre de 2020.

Lee esta interesante sentencia a continuación:

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