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Incapacidad Absoluta por secuelas de un accidente de tráfico

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Begoña tenía problemas muy graves en las articulaciones, pero el INSS solo le había concedido una incapacidad permanente para su trabajo de esteticista en el año 2011. Ella solicitó, en 2017 y por vía administrativa, que se le revisara su grado por el empeoramiento de sus dolencias. Luchó así por la absoluta, sin embargo no consiguió que la Seguridad Social le aumentara su grado de incapacidad.

Recurriendo a la ley, ahora ha ganado. Nos llamó y presentamos su caso ante el Juzgado de lo Social nº 27 de Barcelona. Y en Mayo de este año obtuvo la incapacidad permanente absoluta. Nuestra defendida fue víctima de un accidente de tráfico cuando tenía solamente 18 años.

El primer dictamen del ICAM

Cuando a Begoña le reconocieron la incapacidad total, el Tribunal Médico en su informe acreditó que sufría una artropatía en el tobillo izquierdo, que le causaba dolor y limitaciones funcionales. Se añadía una hernia lumbar y otra discal, fibromialgia y dolores crónicos en el abdomen y en la pelvis. Además, se certificaba que la solicitante había pasado por diferentes cirugías como una artrodesis lumbar.

Pero este cuadro clínico, como pudimos corroborar en el juicio, se había agravado en los últimos tiempos. La demandante ahora necesita muletas y no puede usar un calzado estándar. Tampoco puede caminar por superficies irregulares ni permanecer de pie más de 10 minutos. Asimismo, no tiene capacidad para andar más de 50 metros.

El juez confirma la Absoluta

Tal como consta en la sentencia, “las dolencias que inicialmente sirvieron de base para el reconocimiento de la incapacidad permanente total han sufrido una agravación”.

Los informes médicos aportados fueron decisivos en el proceso. Según el juez que ha llevado el caso, con las secuelas demostradas ante el Tribunal “es suficiente para calificar las limitaciones que padece como tributarias de una incapacidad permanente en grado de absoluta”.

Finalmente, gracias a esta resolución Begoña ha logrado una pensión del 100% de su base reguladora. El magistrado ha confirmado que el INSS se equivocó al no incrementar el grado de incapacidad de esta esteticista cuando esta solicitó la revisión en 2017, siendo un hecho evidente que su estado de salud ya era el de hoy. Pero, afortunadamente, Begoña cobrará los atrasos además de su pensión mensual.

La sentencia se puede leer completa a continuación:

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