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Recuperamos su incapacidad absoluta por depresión mayor en el Tribunal Superior

Recuperamos su incapacidad absoluta por depresión mayor en el Tribunal Superior
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Este vigilante de seguridad padecía una grave depresión, y el INSS lo reconoció inicialmente otorgándole una incapacidad absoluta. Sin embargo, tras una revisión, le rebajó el grado de incapacidad al de total. En ese momento comenzó una lucha que acabó en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, donde finalmente Ernesto ha ganado a la Seguridad Social con nuestra representación.

Absoluta de corta duración

Ernesto consiguió una incapacidad absoluta por vía administrativa en marzo de 2018, después de que el tribunal médico reflejara en su dictamen-propuesta que sufría un “trastorno depresivo mayor grave, con características melancólicas, resistente al tratamiento y con clínica psicofuncional limitante".

Sin embargo, tan solo 14 meses después, este vigilante de seguridad fue llamado a revisión y perdió su incapacidad absoluta. La Seguridad Social estimó entonces que había mejorado, ya que tras la inspección médica se determinó que en su caso no había “intensidad impeditiva”. Y que Ernesto estaba únicamente afectado de “ansiedad y depresión leve”. No obstante, como en su profesión ha de llevar armas, se le concedió una incapacidad total (para su trabajo habitual).

Las reclamaciones

En conclusión, se le rebajó un grado de incapacidad. Pero esa no era la realidad, y el trabajador reclamó. Primero interpuso la debida Reclamación Previa, que fue desestimada, y más tarde -en 2021- se enfrentó al INSS en los Juzgados de lo Social, pero perdió.

La sentencia del Tribunal Superior de Cataluña

Cuando Ernesto contactó con nosotros, vimos que había posibilidades de vencer al INSS mediante un recurso de suplicación, y así fue. Los magistrados del TSJC evaluaron el caso y concluyeron “las lesiones declaradas probadas no han mejorado la situación de clínica psicofuncional incapacitante que concurría en la declaración inicial, y que justificó la declaración de la incapacidad permanente absoluta en 2018”.

Y continuaron afirmando que “el recurso ha de estimarse revocando la sentencia recurrida y declarando que el beneficiario sigue en situación de incapacidad permanente absoluta tal y como en su día le fue reconocido”.

Puedes consultar la sentencia original aquí:

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