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Tabla de jubilación por tiempo cotizado: cómo saber la edad para jubilarse

Desde el 1 de enero de 2013 existen dos posibles edades de jubilación ordinaria para los trabajadores, en función de su edad y de las cotizaciones acumuladas a lo largo de su trayectoria laboral. La Seguridad Social elaboró entonces una tabla de jubilación por años cotizados que cubre desde el año 2013 hasta el 2027.

Se trata de una ampliación gradual de los años necesarios para jubilarse de forma ordinaria, pero que se interrumpe en 2027. A partir de ese año ya no se incrementará más, y las edades establecidas para 2027 serán las definitivas para el futuro -a no ser que cambie la normativa al respecto-.

Mientras tanto, la edad de jubilación ordinaria aumenta cada año si no se ha cotizado un periodo mínimo. Y solo se mantiene en 65 años para quienes puedan acreditar ese tiempo mínimo de cotización que, a su vez, también va creciendo año tras año.

Este mecanismo se refleja de forma clara y detallada en la tabla de jubilación según años cotizados del INSS.

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Índice de contenidos

  1. Tabla de jubilación por años cotizados 2024
  2. Resumen práctico
  3. ¿Por qué esperar a la edad de jubilación ordinaria?

Tabla de jubilación por años cotizados: 2024-2027

La tabla no se ha modificado desde 2013, por tanto, sigue vigente y es válida como tabla de jubilación por años cotizados de 2024 en adelante. Se compone de tres columnas: el año en curso, los periodos cotizados exigidos (con dos alternativas) y la edad de jubilación ordinaria que corresponde según cada una de las opciones.

Para conocer la citada edad -su cálculo en la tabla de jubilación por años cotizados-, los trabajadores deben saber cuánto tiempo han cotizado exactamente a la Seguridad Social.

Una vez conseguida esa información, que se puede obtener fácilmente con un documento de vida laboral actualizado donde se facilita el dato en años, meses y días, solo hay que acudir a la siguiente tabla. En ella se puede comprobar la edad de jubilación ordinaria que se aplica según cuándo se vaya a producir la jubilación (el año en concreto).

AÑO

PERIODOS COTIZADOS

EDAD DE JUBILACIÓN

2024

38 años o más

65 años

Menos de 38 años

66 años y 6 meses

2025

38 años y 3 meses o más

65 años

Menos de 38 años y 3 meses

66 años y 8 meses

2026

38 años y 3 meses o más

65 años

Menos de 38 años y 3 meses

66 años y 10 meses

2027 y siguientes

38 años y 6 meses o más

65 años

Menos de 38 años y 6 meses

67 años

Resumen práctico de tabla de jubilación según años cotizados

Para las personas que se jubilen en 2024, la edad mínima de jubilación ordinaria es de 65 años si han cotizado 38 años o más. Pero si han cotizado menos tiempo, es de 66 años y seis meses.

De cara a 2025, los trabajadores que se podrán jubilar con 65 años serán solo los que acrediten una cotización de 38 años y tres meses, o más. Quienes hayan cotizado un periodo inferior solo podrán acceder a la jubilación ordinaria a partir de los 66 años y ocho meses de edad.

En 2026, para jubilarse de forma ordinaria con 65 años será imprescindible haber cotizado 38 años y tres meses, o más. Si no se acumula dicha cotización, la edad será de 66 años y diez meses.

Por último, desde 2027 y para años posteriores (si la normativa no cambia), el requisito para acogerse a la jubilación ordinaria con 65 años será haber cotizado 38 años y seis meses o más. Por el contrario, con menos tiempo de cotización, la edad quedará fijada en 67 años. En definitiva, a partir de 2027 los números serán redondos: 65 o 67 años, respectivamente.

¿Por qué esperar a la edad de jubilación ordinaria? Conclusión

Es muy importante aclarar que los periodos -en años y meses- reflejados en esta tabla de jubilación por años cotizados no marcan los mínimos de cotización para poder acceder a este tipo de prestación pública. El mínimo que estipula la ley para que sea posible disfrutar de la jubilación ordinaria es mucho menor: de 15 años cotizados.

Por tanto, los valores de tiempo que aparecen en la tabla hacen referencia, únicamente, a la edad que se aplica en cada supuesto, no al hecho de que se tenga que haber cumplido ese número de años para tener derecho a solicitar y obtener la jubilación ordinaria. Véase que en cualquiera de las ‘segundas’ edades se puede leer “menos de”, lo que incluye a quienes han cotizado 15, 20 o 30 años, por ejemplo.

Teniendo en cuenta este apunte, aguardar a la edad de jubilación ordinaria significa que el trabajador podrá cobrar la totalidad de la pensión que le corresponda según los años que haya cotizado, es decir, sin descuentos por anticipación (como ocurre con la jubilación anticipada, que permite jubilarse antes pero con una pensión, en comparación, más reducida). No obstante, el importe final a percibir dependerá tanto de la base reguladora del trabajador como de la cantidad total de años cotizados, sin olvidar que siempre ha de ser, al menos, de 15 años.

Preguntas frecuentes

La edad mínima de jubilación ordinaria en 2024 es de 65 años para quienes hayan cotizado 38 años o más. Y para las personas con una cotización menor es de 66 años y seis meses. Esta segunda edad será de 66 años y ocho meses en 2025, si la carrera de cotización es menor a 38 años y tres meses. Pero si es igual o mayor a esa cifra, la jubilación en 2025 será a los 65 años.
A partir de 2027, salvo que se implante una nueva normativa, la edad de jubilación ordinaria será de 65 años para quienes hayan cotizado 38 años y seis meses (o más). Y si se ha cotizado menos de ese tiempo, la edad reglamentaria para jubilarse será de 67 años.
Para jubilarse con 65 años en 2025, es necesario haber cotizado 38 años y tres meses o más. Con menos cotización acumulada, la edad de jubilación en 2025 será de 66 años y ocho meses.
El mínimo de años cotizados para poder acceder a la jubilación ordinaria en España es de 15 años, independientemente de la edad de jubilación que específicamente corresponda según el tiempo cotizado. A su vez, dos de esos años han de estar comprendidos en los últimos 15, o en los 15 anteriores al momento en que cesó la obligación de cotizar.
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