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¿Cuáles son las diferencias entre el despido procedente y el improcedente?

¿Cuándo es un despido improcedente? ¿Cuándo es un despido improcedente?

Un despido puede ser calificado como procedente, improcedente o nulo. Te explicamos las particularidades de cada una de estas situaciones, y en qué difieren la indemnización por despido improcedente y la indemnización por despido procedente.

Te aclaramos también si el despido procedente tiene derecho a paro, entre otras cuestiones como el plazo para pagar una indemnización por despido improcedente.

Índice de contenidos

  1. Tipos y calificaciones de despidos
  2. El despido improcedente
  3. El despido procedente
  4. Tabla de diferencias
  5. Conclusión

Tipos de despidos que existen y sus calificaciones

En España solo hay dos tipos de despido: el objetivo y el disciplinario. Veamos las características de cada uno de ellos y cómo pueden ser calificados. Este último aspecto, la calificación, es clave para comprender las diferencias entre despido procedente e improcedente (o nulo).

Despido disciplinario

El despido disciplinario es la finalización del contrato laboral por incumplimiento grave y culpable del empleado, debido a causas como asistencia y puntualidad deficientes, indisciplina o disminución voluntaria del rendimiento, entre otras. Este tipo de despido puede ser calificado como despido procedente -sin indemnización-, o improcedente, con la opción de readmisión o una indemnización dependiendo de la fecha de inicio del contrato. Por último, si se considera nulo por discriminación o vulneración de derechos fundamentales, la empresa debe readmitir al empleado.

Despido objetivo

Por el contrario, el despido objetivo es un fin de contrato por causas ajenas a la voluntad del trabajador: económicas, técnicas, organizativas, de producción o de fuerza mayor (las relacionadas con el funcionamiento del negocio), ineptitud de la persona contratada (surgida después del periodo de prueba) o su falta de adaptación a cambios razonables en el trabajo. Este tipo de despido puede ser considerado procedente -con derecho a una indemnización, aunque menor que si se tratara de un despido disciplinario-, improcedente -con la misma indemnización que el despido disciplinario improcedente-, o nulo, lo que seguiría el mismo proceso que un despido disciplinario nulo. 

El despido improcedente

Analicemos ahora a fondo el despido improcedente, que como hemos señalado antes puede provenir de un despido disciplinario u objetivo.

Causas despido improcedente

Un despido improcedente indica que la terminación de la relación contractual no se ajusta a Derecho, lo que significa que no respeta el ordenamiento vigente. Esto puede deberse a que:

  • El motivo del cese no esté contemplado en las leyes, en nuestro ordenamiento jurídico
  • No se acredite correctamente la causa alegada en la carta de despido
  • O que dicha causa se especifique bien en la carta de despido pero carezca de la gravedad suficiente para justificar la procedencia 

Esas son las causas del despido improcedente en el Estatuto de los Trabajadores. La improcedencia, no obstante, también puede estar vinculada con cuestiones formales, es decir, si el despido se realiza mediante una comunicación verbal, o a través de una carta de despido que no cumple con los requisitos que la harían válida. O también si no se entrega la indemnización correspondiente. Sin embargo, errores en el cálculo de indemnizaciones o finiquitos, aunque puedan requerir corrección, no necesariamente hacen que el despido sea improcedente.

Además, si la empresa proporciona información falsa para respaldar el despido, este podría ser considerado improcedente. 

Y si hablamos concretamente de un despido disciplinario, la improcedencia también se podría declarar si el mal comportamiento del empleado no es lo suficientemente grave para justificar su expulsión de la empresa, o si comete errores en su labor pero por la falta de información o capacitación por parte de sus superiores.

Despido improcedente: indemnización

La indemnización por despido improcedente es una compensación económica que el trabajador recibe cuando se entiende que el despido no tiene justificación posible o se han ignorado las pautas de formalidad. La cuantía de esta indemnización se calcula en función del tiempo de servicio del trabajador y la fecha en la que se firmó su contrato. 

En general, el importe de la indemnización por despido improcedente es de 33 días de salario por año trabajado, con un límite de 24 mensualidades. Sin embargo, existe una excepción que se aplica a contratos celebrados antes del 12 de febrero de 2012. En esos supuestos, la cifra se calcula bajo la antigua regla de 45 días por año, con un límite de 42 mensualidades (este sería el tope máximo de indemnización por despido improcedente).  Pero este cómputo solo se puede utilizar para el tiempo trabajado antes del 12 de febrero de 2012. Los meses o años trabajados después, computan a 33 días por año.

No te extrañe si, usando una calculadora de indemnización por despido improcedente, el resultado final es igual para un despido objetivo que para uno disciplinario. La normativa, efectivamente, es la misma.

Indemnización despido improcedente sin conciliación

Es sabido que, antes de demandar a una empresa por un potencial despido improcedente, es necesario intentar llegar a un acuerdo con ella en un acto de conciliación. Pero si en ese proceso no se logra un pacto privado entre ambas partes, será la sentencia la que indique si ha habido o no improcedencia. Y en ese caso la indemnización se establecerá conforme a las normas del Derecho Laboral.  

Plazo para pagar indemnización por despido improcedente

Resolvamos una última cuestión relativa al despido improcedente: el tiempo con el que cuenta el empresario para abonar la indemnización. Desde esta perspectiva, la normativa es flexible si no se llega a juicio, y prioriza la alianza entre empresa y afectado. Esto significa que, si la improcedencia se ha reconocido en el acto de conciliación, allí también se puede acordar un plazo tope de pago (incluso fraccionado). 

En contrapartida, si se celebra un juicio, en la sentencia el juez da cinco días hábiles para que el empleador escoja entre la readmisión o la indemnización. ¡Sí, también te pueden readmitir tras una sentencia de despido improcedente! Y ahí se abren tres caminos:

  1. Que la empresa no se pronuncie al respecto: Cuando no hay respuesta a la elección propuesta tras esos cinco días, el abogado del trabajador solicita al magistrado que extinga la relación laboral. Para ello, tendrá lugar otra vista judicial, tras la cual se emitirá un auto donde se obligará al empresario a abonar una indemnización por despido improcedente antes de que se sobrepasen los siguientes 20 días hábiles -respecto a la fecha del documento legal-.
  2. Que elija la reincorporación: el plazo aquí para la recuperación efectiva del puesto de trabajo es de cinco días hábiles (coincidiendo con el tiempo para la decisión inicial). Además, en esta situación se tiene derecho a cobrar los llamados salarios de tramitación, es decir, el dinero que habría ganado el empleado si no le hubieran echado. A esto se añade que las condiciones laborales deben ser restauradas; si la empresa impone condiciones diferentes, estaríamos ante una readmisión irregular y el trabajador tendría pleno derecho a poner fin a la relación laboral y a cobrar una indemnización -bajo las reglas del despido improcedente- como resultado.
  3. Que escoja asumir el gasto del pago de la indemnización: normalmente, el pago en estos casos se efectúa también dentro del plazo de cinco días hábiles (primero al juzgado, desde donde se transfiere al trabajador). Si no es así, el afectado dispone de 20 días hábiles para pedir que se ejecute la sentencia.

El despido improcedente y el derecho a paro

Continuando con las consecuencias del despido improcedente, debes saber que esta calificación de despido no imposibilita que puedas acceder a la prestación por desempleo. En un despido improcedente, indemnización y paro no están reñidos. Aunque es indispensable que cumplas los requisitos de cotización que impone el SEPE para cobrar el paro. Pero, por sí mismo, el despido improcedente tiene derecho a paro.

El despido procedente

Para determinar si un despido es procedente, un juez evalúa la justificación presentada en la carta de despido. Este punto es extremadamente importante, porque mientras que el despido improcedente puede ser reconocido por la empresa (ratificándolo en el acto de conciliación), la procedencia solo se puede dictar tras un juicio.

En esencia, un despido será procedente si se verifica si es justo y está en línea con la normativa laboral. Y, por supuesto, si se puede corroborar que las alegaciones del empresario son ciertas.

Indemnización despido procedente

En caso de un despido objetivo procedente, el empleado tiene derecho a una indemnización de 20 días por año de servicio, con un límite de 12 mensualidades. 

Es importante destacar aquí que, aunque el cese sea procedente, el empleador debe proporcionar también el correspondiente finiquito, que es una liquidación de conceptos pendientes, como las vacaciones no disfrutadas o las horas y pagas extra no cobradas pero sí generadas.

Despido procedente sin indemnización

En contrapartida, si se trata de un despido disciplinario procedente, no hay indemnización. Pero, como destacábamos en el apartado anterior, el finiquito no se pierde.

Despido procedente pactado

Algunas empresas y empleados ven atractiva la idea de llegar a un acuerdo de despido. En este escenario, el trabajador negocia un despido disciplinario procedente en lugar de una renuncia. Esto evita que el empresario tenga que pagar una indemnización y, mientras tanto, el ex miembro de la plantilla puede ser beneficiario de una prestación por desempleo, que no estaría disponible para él si dejara su puesto voluntariamente. Sin embargo, esta "costumbre" supone un delito de fraude.

¿El despido procedente tiene derecho a paro?

. A no ser que la cotización de la persona no llegue a los mínimos que pide el SEPE, tras un despido procedente se puede coger el paro. Es indiferente que la causa del despido haya sido objetiva o disciplinaria (por culpa grave del trabajador). En ese sentido, si por ejemplo te preguntas "¿si te despiden por robar tienes derecho a paro", la respuesta es afirmativa. Porque un despido procedente nunca impide el derecho a esta prestación.

Tabla de diferencias entre despido procedente e improcedente

Una vez definido el despido improcedente y el procedente, procedamos a analizar sus diferencias. A continuación, te facilitamos una tabla donde ver claramente en qué aspectos se distinguen.

 

DESPIDO IMPROCEDENTE

DESPIDO PROCEDENTE

 

Ajustado a las leyes NO  
Culpa del trabajador Solo con despido disciplinario Solo con despido disciplinario   
Indemnización Solo con despido objetivo  
Cuantía indemnización 33 días por año (o 45) 20 días por año (solo con despido objetivo)  
Finiquito SÍ   
Necesario dictamen de un juez NO SÍ   

Despido improcedente: la indemnización que mereces

Conclusión

Las indemnizaciones por despido reflejadas en el Estatuto de los Trabajadores, y que hemos repasado en este post, están completamente exentas de la retención de IRPF. Ese es un detalle crucial que debes saber si, por ejemplo, utilizas una calculadora indemnización por despido improcedente, ya que al resultado obtenido no tendrías que restar nada. Sin embargo, si quieres saber cuánto vas a cobrar exactamente por despido objetivo procedente, o por despido improcedente, una calculadora puede no darte un resultado real. Puede haber errores en un cálculo automático de indemnización por despido procedente/improcedente. Lo idóneo es que esta labor la lleve a cabo un especialista, para que no haya duda del dinero que mereces y hasta cuánto puedes reclamar en un acto de conciliación, sin conformarte con menos si no estás dispuesto a ello. 

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Acerca de

¡Hola! Mi nombre es Marc Nicolau y soy abogado especialista en Derecho Laboral y de la Seguridad Social con más de diez años de experiencia. Ayudo a mis clientes a encontrar una solución a sus problemas, ya sea consiguiendo el reconocimiento de una Incapacidad Permanente ante el INSS o los Juzgados o asesorándoles en casos de despido.

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