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Tipos de incapacidad permanente: grados, qué se cobra con cada uno y ejemplos

Tipos de incapacidad permanente: grados, qué se cobra con cada uno y ejemplos Tipos de incapacidad permanente: grados, qué se cobra con cada uno y ejemplos

Existen diversos tipos de incapacidad permanente, que ofrecen diferentes beneficios -y condiciones-. Cada uno de esos tipos, llamados grados, está pensado para un perfil específico de pensionista.

Si bien la incapacidad no es personalizable en ningún caso, los grados que el INSS tiene establecidos tienen la finalidad de agrupar lo más posible las distintas situaciones que se pueden dar.

En el aspecto económico, lo que se cobra con cada tipo de incapacidad laboral tampoco se calcula igual.

En este post te explicamos todo sobre los tipos de incapacidad permanente: cuáles son, en qué consisten, qué ventajas e "inconvenientes" tienen y cuánto paga la Seguridad Social en cada grado, ilustrando la información con ejemplos e, incluso, con sentencias reales de incapacidad

Índice de contenidos

  1. Prestaciones de incapacidad permanente
  2. Tipos de incapacidad laboral
  3. Tabla sobre tipos de incapacidad
  4. Conclusión

Prestaciones de incapacidad permanente

En muchas ocasiones, una enfermedad, condición o accidente producen secuelas para las que no se prevé curación -al menos, a medio y largo plazo- y que, además, impiden trabajar de una forma normalizada. Ese es el motivo de que en España existan las pensiones de incapacidad permanente, las cuales tienen la finalidad de cubrir la pérdida de ingresos de la persona afectada.

Así lo refleja la web de la Seguridad Social, a modo de introducción, antes de hablar de los tipos de incapacidad permanente: "En la modalidad contributiva, es incapacidad permanente la situación del trabajador que, después de estar sometido al tratamiento prescrito y ser dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyen o anulan su capacidad laboral". 

Tipos de incapacidad laboral: clasificación

Independientemente del hecho que genere la incapacidad para trabajar, esta clase de prestación se ofrece en varios tipos y, además, un subtipo:

  • Parcial
  • Total 
    • Total cualificada
  • Absoluta
  • Gran invalidez

A continuación, explicamos qué conlleva cada grado, en cuanto a derechos y a importe a percibir.

Los 5 tipos de incapacidad permanente y sus claves

Veamos, por cada grado de incapacidad laboral, qué es y para qué sirve, cuánto se cobra y si se puede trabajar a la vez.

Incapacidad permanente parcial

¿Qué es y para qué sirve?

La incapacidad parcial no es una pensión mensual, sino una indemnización única. Sirve para compensar a quien, por una lesión o enfermedad, ve disminuida su capacidad laboral, pero puede continuar trabajando. Se trata, por tanto, de una prestación que se concede por ese esfuerzo de más, y el desgaste que provoca, aunque hay que demostrar el rendimiento se ha reducido en, al menos, un 33 %.

¿Cuánto se cobra?

Este grado de incapacidad es el más leve. Sin embargo, el ingreso al que da derecho es de una cantidad elevada, porque la fórmula consiste en multiplicar por 24 la base reguladora, concretamente la que se usó para calcular la baja médica previa. Por ejemplo, si esa base fue de 1.300 €, la indemnización por incapacidad parcial será de 31.200 € [1.300 × 24].

La base reguladora, en una baja o en una incapacidad, es una cifra que se calcula según dicta la ley en cada caso, y que sirve de punto de partida para hallar la cuantía final de la prestación.

¿Se puede trabajar a la vez?

Sí. Este tipo de incapacidad permanente es totalmente compatible con seguir trabajando en el mismo puesto o en otro, en la misma empresa o en una diferente, ya que no inhabilita para ejercer ninguna actividad laboral.

Incapacidad permanente total

¿Qué es y para qué sirve?

Este otro tipo de incapacidad se concede cuando el trabajador no puede desempeñar su profesión habitual, aunque pueda realizar otras distintas. Se cobra en forma de pensión mensual, aunque cumpliendo determinados requisitos también se puede percibir en forma de indemnización

¿Cuánto se cobra?

Con el grado de total, el INSS -o la mutua, según corresponda- ingresa al pensionista cada mes el 55 % de la base reguladora. Volviendo al ejemplo anterior, si la base es de 1.300 €, la pensión por incapacidad permanente total será de 715 € al mes [el 55% de 1.300 es igual a 715]. 

Hay que recordar que tanto en la incapacidad total como en la parcial, que hemos repasado en el epígrafe anterior, al resultado hay que restar la retención de IRPF.

¿Se puede trabajar a la vez?

, con este tipo de incapacidad permanente también es posible -de hecho, está pensada para ello-. Pero no vale cualquier trabajo: tiene que ser un empleo donde las tareas principales no sean las mismas. Por ejemplo, si una peluquera obtiene una incapacidad total por artrosis en las manos, su prestación no será compatible con trabajos que impliquen destreza y fuerza manual (como esteticista o masajista, entre muchos otros).

Incapacidad permanente total cualificada

¿Qué es y para qué sirve?

Es una modalidad de la incapacidad total, diseñada para pensionistas que, por haber llegado a los 55 años o más, tienen mayores dificultades de encontrar un trabajo compatible. Su función es paliar esa desventaja mediante un incremento económico.

En otras palabras, si el INSS decide que una persona merece una incapacidad permanente total para la profesión habitual, y esta ya ha cumplido los 55 años, le asignará automáticamente una incapacidad total cualificada. A su vez, un pensionista de incapacidad total, cuando alcanza esa edad, puede solicitar a la Seguridad Social la total cualificada, sin necesidad de cumplir más requisitos salvo estar desempleado sin cobrar paro.

¿Cuánto se cobra?

El incremento es de un 20% respecto a la incapacidad total, de modo que con la cualificada se cobra el 75% de la base reguladora. Por ejemplo, para la base reguladora de 1.300 €, la pensión de incapacidad total cualificada será de 975 € [el 75% de 1.300 son 975 €], mientras que con la total "a secas" el ingreso descendería hasta los 715 €, como señalábamos anteriormente.

También en la incapacidad total cualificada se aplica el descuento por IRPF.

¿Se puede trabajar a la vez?

No, con un grado de cualificada no se permite, y tampoco es compatible con estar recibiendo una prestación contributiva de desempleo (el paro retribuido).

Pero aquí encontramos un mecanismo especial: en el momento en que se comienza a ejercer una ocupación, la incapacidad total cualificada se "convierte" en una incapacidad total, de forma que lo único que sucedería en ese supuesto es que la pensión dejaría de ser del 75% de la base y pasaría a ser del 55%. Y puede haber cambios en un sentido y en otro (tener un empleo, no tenerlo, volver a tenerlo), y la prestación no se perdería sino que la pensión iría cambiando del 55 al 75% y viceversa.

No obstante, es esencial que, si se trabaja y se retorna a la situación de incapacidad total no cualificada, la profesión que se desempeñe tiene que ser compatible con las dolencias que generaron la incapacidad laboral. En caso contrario, el INSS sí retiraría la pensión.

Lo mostramos todo en el siguiente diagrama:

Flujo incapacidad total cualificada

        │
        ├──> No trabaja → Pensión = 75 %
        │       │
        │       └── Incompatible con: trabajo y paro contributivo
        │
        ├──> Empieza a trabajar (empleo compatible) → Pensión = 55 % por INCAPACIDAD TOTAL.
        │       │
        │       └── Al cesar el empleo → vuelve a 75 %
        │
        └──> Si el empleo es incompatible con sus dolencias → pierde la pensión.

Incapacidad permanente absoluta

¿Qué es y para qué sirve?

La absoluta se otorga a trabajadores que están inhabilitados para cualquier profesión u oficio. Aunque pueda quedar una capacidad laboral residual, la incapacidad absoluta hace referencia a que no se puede trabajar en nada con un mínimo de profesionalidad, eficacia y rendimiento

¿Cuánto se cobra?

La pensión es de la totalidad de la base reguladora, del 100%. Por ejemplo, para la base reguladora de 1.300 €, la pensión de incapacidad absoluta será de esa cantidad íntegra, de 1.300 €.

La buena noticia en cuanto a tributación es que a la absoluta, y a la gran invalidez que analizaremos en siguientes apartados, no se les aplica ninguna retención de IRPF.

¿Se puede trabajar a la vez?

No, salvo que se trate de alguna actividad esporádica que no suponga que el empleador dé de alta al pensionista en la Seguridad Social. Cualquier empleo con alta en el sistema es incompatible.

Gran invalidez

¿Qué es y para qué sirve?

En realidad, la gran invalidez es un complemento económico que se suma a la pensión de incapacidad absoluta (100%), de modo que el importe de esta aumenta. Hablamos del grado máximo de incapacidad permanente, que reconoce cuando, además de  no poder ejercer profesión alguna, la persona necesita, en su domicilio y fuera de él, la asistencia continua de otros para las tareas básicas de la vida: asearse, vestirse, medicarse, comer, desplazarse...

¿Cuánto se cobra?

La pensión es de la totalidad de la base reguladora, el 100%, más un complemento, una suma cuyo resultado no puede ser inferior al 45% de la pensión de incapacidad absoluta, sin el plus por gran invalidez. Para hacerlo más fácil de comprender, retomemos el ejemplo que estamos utilizando en este artículo. Así, con una base reguladora que da lugar a una pensión absoluta de 1.300 €, la pensión de gran invalidez no podría ser inferior a 1.885 € mensuales [complemento mínimo = 1.300 × 0.45 = 585 € | 1.300 + 585 = 1.885 €].

¿Se puede trabajar a la vez?

No, tampoco. Cualquier trabajo que requiera darse de alta en la Seguridad Social es incompatible.

Tabla resumen sobre tipos de incapacidad permanente

Grado Importe a percibir ¿Se puede trabajar?
Parcial Indemnización: 24 veces la base reguladora Sí, sin límite
Total 55% base reguladora (75% si >55 años) Sí, en otra profesión compatible
Total cualificada (>55 años) 75% base (baja a 55% si trabaja) No para 75%, sí para 55% con empleo compatible
Absoluta 100% base reguladora No
Gran invalidez 100% + complemento No

Pensiones que pueden aumentar

Conclusión

Los cinco tipos de incapacidad permanente disponibles pueden verse incrementados en cuanto a la cifra a cobrar. Por ejemplo, esto sucede si al pensionista le pertenece un complemento por hijos (el actual de brecha de género o el antiguo de maternidad, ahora también de paternidad), o si la pensión resultante es inferior a la mínima que estipula cada año el Estado y se aplica el complemento a mínimos. Existen, además, otras posibilidades, como que la prestación se deba a un accidente laboral donde haya tenido culpa la empresa, supuesto en el que se cobra un extra abonado por el empresario. Se den o no estas circunstancias, cada año todas las pensiones de incapacidad laboral se revalorizan, y aumentan su cuantía conforme al IPC. 

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Acerca de
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¡Hola! Soy Jorge, abogado especialista en Derecho Laboral desde 2007 y socio director de Campmany Abogados, un proyecto que nació en 2009 fruto de mi interés en ayudar a enfermos o lesionados. Estoy licenciado en Derecho por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona.

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