Incapacidad Permanente por Alcoholismo
La incapacidad laboral por alcoholismo conlleva la valoración de las circunstancias de cada caso en concreto, ponderando el grado de intensidad así como su afectación en el ámbito social y laboral. La cuestión principal será probar que dicha enfermedad ha repercutido psíquicamente en el afectado, provocando una deficiencia de raciocinio y personalidad.
Con mermas significativas desde el punto de vista cognitivo y de la voluntad.
Esto provoca una incompatibilidad con las exigencias laborales y, por tanto, puede dar lugar a una incapacidad por alcoholismo.
Índice de contenidos
Criterios para Incapacidad Permanente por Alcoholismo
Incapacidad Permanente Total
En profesiones que impliquen contacto con bebidas alcohólicas, como la de camarero, se podría declarar una incapacidad permanente total por alcoholismo.
En estos supuestos, se entiende que el trastorno supone un peligro tanto para el trabajador como para terceros. Habiendo, además, un especial riesgo de recaída.
Por otra parte, una actividad laboral como la de conductor puede asimismo derivar en incapacidad total por alcoholismo, ya que también implica riesgos para terceras personas.
Incapacidad Permanente Absoluta
Cuando debido a la dependencia del alcohol se desarrolla un deterioro severo, o se constata un trastorno depresivo mayor por su causa, se podría conseguir una incapacidad permanente absoluta.
Grados de discapacidad por Alcoholismo
La discapacidad por alcoholismo no está contemplada en el Real Decreto 1971/1999.