Mireia trabajaba como profesora, pero las crisis epilépticas que padecía le impedían ejercer correctamente su empleo. Por el contrario, la Seguridad Social opinaba que no era así. Pero se enfrentó a la entidad pública ante los tribunales y ganó el juicio.
Cinco meses de gestiones sin fruto
En noviembre de 2018 el Instituto Nacional de la Seguridad Social resolvió que la patología de esta profesora no merecía una pensión de incapacidad permanente. Ella formuló un escrito de reclamación previa, pero tampoco consiguió nada. Así, cinco meses más tarde, en abril de 2019, vio agotadas sus posibilidades por vía administrativa.
Finalmente, interpusimos en su nombre una demanda judicial, que recayó en el Juzgado de lo Social nº 2 de Barcelona. Y el juicio se celebró en mayo de 2021.
Incapacidad Total insuficiente
Cabe destacar que unos meses antes de la vista en el tribunal, en enero de 2021, el INSS se echó atrás en cierta medida, haciéndola tributaria de una incapacidad en grado de total. Pero no por eso paralizamos el proceso judicial, porque realmente ella necesitaba la incapacidad absoluta.
Contradicción de conclusiones
Tal como refleja el juez en la sentencia, emitida en junio de 2021, existe de inicio una contradicción entre los propios informes médicos del gabinete Osma y la decisión del INSS de no otorgarle la pensión. Según se señala en la resolución judicial, el propio informe pericial de Medical Osma -centro que valora, en la gran mayoría de casos, a los trabajadores que tienen un juicio de incapacidad permanente en Barcelona- indica claramente que la demandante “presenta amplias limitaciones laborales”.
Nosotros apoyamos esta realidad con informes de los especialistas en neurología. Demostramos que esta profesora tiene epilepsia resistente a los fármacos, con crisis de difícil control clínico que cursan con alteración del lenguaje y relajación de esfínteres. Además, Mireia había empeorado con el tiempo, lo que había desembocado en un síndrome ansioso depresivo con insomnio.
Pensión cercana a la máxima
El fallo del magistrado fue tajante: incapacidad permanente absoluta para todo tipo de empleo, debido a su grave epilepsia. Y al ser la base reguladora muy alta (2.701,94 €), de la que cobrará el 100% cada mes, el importe de su prestación es casi la pensión máxima permitida por el Estado.
Como valor añadido, en la sentencia se fija la fecha de efectos económicos en noviembre de 2018. Esto significa que ahora tiene también derecho a cobrar todas las mensualidades que no le ingresaron desde esa fecha, en un pago adicional. En dicho cálculo hay que descontar, entre otras, las cantidades que se le transfirieron durante el semestre en el que estuvo recibiendo la pensión de incapacidad total (del 55% de su base reguladora). Pero, en definitiva, junto con la nueva pensión, este dinero extra puede ayudar a que la protagonista de nuestra historia mejore su calidad de vida.
Consulta tú mismo la sentencia aquí: