Juan perdió su pensión de incapacidad absoluta en una revisión. El INSS consideró entonces que este trabajador, de profesión administrativo, había mejorado de su fibrosis pulmonar, mientras que incluso necesitaba una bombona de oxigeno para caminar. Tras estudiar su caso, lo presentamos ante los juzgados de lo Social de Madrid. ¡Y ganamos!
Incapacidad revisada
A Juan le abrieron un expediente de incapacidad permanente en 2019, emitiendo el tribunal médico un dictamen que contenía el siguiente diagnóstico: "Fibrosis pulmonar. Pendiente de trasplante. Trastorno adaptativo mixto ansioso-depresivo reactivo a enfermedad pulmonar crónica". Ante este informe, la Seguridad Social declaró al trabajador en situación de incapacidad permanente en grado de absoluta.
Sin embargo, posteriormente le citaron a una revisión y se le retiró la prestación argumentando una "mejoría clínica" en sus lesiones.
Los informes del hospital
El juicio para recuperar su pensión se celebró en el Juzgado de lo Social nº 17 de Madrid. Allí, como abogados de Juan, presentamos informes hospitalarios que corroboraban que su patología, fibrosis pulmonar idiopática (FPI), tenía "un pronóstico muy desfavorable, peor que algunos tipos de cáncer", según se puede leer en la propia sentencia.
En dicha documentación, además, se auguraba que este administrativo solo contaba, en caso de que los tratamientos no cambiaran su situación, con "una esperanza de vida de tres a cinco años". Y se añadía que había "experimentado un deterioro progresivo tanto en su estado clínico como en su función respiratoria".
Con oxígeno en espera de trasplante
En la vista oral también probamos que nuestro cliente sufría una alarmante reducción de los niveles de oxígeno en sangre, por lo que se le prescribió oxígeno suplementario para su movilidad cotidiana. Y que, actualmente, estaba en lista de espera para un trasplante de pulmón.
Por si todo lo anterior fuera poco, también informamos a la jueza de que nuestro representado era titular de un certificado de discapacidad del 58%, con baremo de movilidad positivo.
Absoluta recuperada, ¡con pensión máxima!
En respuesta a nuestra demanda, la juzgadora dictaminó que Juan continuaba padeciendo las patologías que determinaron la declaración de incapacidad permanente absoluta. Y concluyó que, con el cuadro clínico actual, era evidente que no había experimentado esa mejoría a la que se acogió el INSS para anular su prestación.
En consecuencia, por el constante deterioro de su salud se le otorgó el derecho a seguir percibiendo una pensión del 100% de su base reguladora, que en su caso ascendía a 3.069,38 €. Esa cifra superaba la cuantía máxima permitida por el Estado en 2022 -el año en que se emitió la resolución judicial-, de manera que sus mensualidades quedaron limitadas a 2.819,20 €, es decir, la pensión máxima que se podía percibir en España en ese momento.
Puedes leer o descargar la sentencia original a continuación: