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¿Cuánto cobra un autónomo por Incapacidad Permanente Absoluta?

¿Puedo cobrar una incapacidad siendo autónomo? ¿Puedo cobrar una incapacidad siendo autónomo?

La incapacidad permanente del autónomo difiere en algunos puntos respecto a la prestación por incapacidad del Régimen General de la Seguridad Social. Pero otros son comunes.

Por ejemplo, la incapacidad permanente absoluta también la puede cobrar un trabajador por cuenta propia. Te contamos cómo se calcula y cuánto se percibe según la base reguladora.

Índice de contenidos

  1. Requisitos para incapacidad en autónomos
  2. Incapacidad Absoluta a autónomos
  3. Calcular base reguladora de autónomos
  4. Cálculo de incapacidad en autónomos
  5. Otros grados de incapacidad
  6. Incapacidad permanente y autónomos

Requisitos para cobrar una Absoluta trabajando por cuenta propia

Las pensiones de incapacidad permanente del INSS se conceden si no se puede seguir trabajando a causa de una lesión o una patología. Y existen diversos grados de incapacidad permanente: la incapacidad parcial, la total, la absoluta y la gran invalidez. Pero la primera, la incapacidad permanente parcial, tiene límites para los autónomos. Porque si el origen de la limitación física o psíquica es una enfermedad común o un accidente no laboral (contingencias comunes), la incapacidad parcial no estaría cubierta y, en consecuencia, no se podría cobrar. La incapacidad permanente parcial solo se puede otorgar a un autónomo por contingencias profesionales: accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Por el contrario, los autónomos si pueden obtener una incapacidad permanente total, una incapacidad permanente absoluta o una gran invalidez, que son grados de incapacidad permanente más elevados que la parcial. En este aspecto, tienen los mismos derechos que una persona contratada y adscrita al Régimen General.

En este artículo nos centramos en la absoluta, que es una prestación por incapacidad con la que se cobra el 100% de la base reguladora por no poder ejercer ningún tipo de profesión con un mínimo de profesionalidad, rendimiento y eficacia. Ese sería el primer requisito que habría que cumplir: el médico.

Pero hay más requisitos, los técnicos, que en el caso de la incapacidad permanente absoluta son los siguientes:

  • No haber cumplido la edad de jubilación ordinaria.
  • Estar de alta, o en situación asimilada al alta, en la Seguridad Social.
  • Justificar un periodo mínimo de cotización, que detallaremos en el siguiente apartado. Aunque no se pide ningún periodo mínimo de cotización si la prestación deriva de accidente (sea profesional o no laboral) o de enfermedad profesional. Solamente si proviene de enfermedad común.
  • En el supuesto de no estar de alta, también podría ser posible optar a una absoluta si la pensión es por contingencias profesionales. Pero si son contingencias comunes -accidente no laboral o enfermedad común-, habría que acreditar 15 años cotizados, tres de ellos en los últimos 10.

Incapacidad Absoluta por enfermedad común para autónomos

Desarrollando una actividad laboral por cuenta propia, para ser tributario de una prestación por incapacidad permanente por enfermedad común se necesita haber cotizado un tercio del tiempo desde que cumplieron los 16 años -en caso de ser menor de 31-. Y con 31 años o una edad superior se precisa una cotización mínima de 5 años a partir de los 20de edad. Asimismo, un quinto de dicho periodo debe englobarse dentro de los últimos 10 años (o en los 10 años previos a que cesara la obligación de cotizar).

Tras repasar los requisitos, veamos ahora cuánto cobra un autónomo por incapacidad permanente absoluta.

Incapacidad Permanente absoluta según el tipo de cotización

La cuantía de una incapacidad permanente absoluta depende, sobre todo, de las bases de cotización del autónomo. Hasta ahora, cuanto más se deseaba cotizar, más alta era la cuota a pagar mes a mes por estar afiliado al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Y muchos de ellos escogían la base mínima, que en 2022 era de 960,60 €.

Sin embargo, desde 2023 esto ha cambiado, y ya no se puede elegir libremente, sino que la base -y, en consecuencia, la cuota mensual a abonar- va en función de los ingresos. Actualmente la base mínima de cotización para autónomos es de 751,63 €, aunque está reservada para los profesionales independientes que tengan unos rendimientos netos mensuales de 670 € mensuales, o inferiores. Puedes ver una tabla completa de los tramos de cotización aquí.

Sea cual sea el tipo o tramo de cotización que corresponda en cada caso, la base reguladora (que es el pilar para calcular una pensión de incapacidad permanente) está directamente relacionada con la base de cotización del autónomo. Pero no son sinónimos. A continuación te mostramos cómo se calcula, y qué relevancia tiene de cara al importe final de la prestación.

Cotización por contingencias profesionales

Antes de continuar, recordemos que los autónomos ya no solo cotizan obligatoriamente por contingencias comunes, sino también por las profesionales. Antes de 2019, la cotización por contingencias profesionales era voluntaria, y se podía cotizar únicamente por las comunes.

En definitiva, si eres autónomo a día de hoy, debes saber que, al menos estos últimos años, seguro que has cotizado por contingencias profesionales.

¿Cómo se calcula la base reguladora de un autónomo?

Como decíamos, para hallar la cifra de la incapacidad permanente del autónomo, en general, es clave saber a cuánto asciende su base reguladora. Como este post está enfocado a cuánto cobra un autónomo por incapacidad permanente absoluta, atendamos a la fórmula de la base reguladora para este grado de incapacidad en concreto, dejando por un momento al margen el resto de grados de incapacidad permanente.

Para ello, te facilitamos este otro artículo, en el cual puedes informarte de ello paso a paso, ya que precisamente contiene una sección dedicada al cálculo de la base reguladora de la incapacidad absoluta. Y las indicaciones también son válidas para los trabajadores por cuenta propia.

Lagunas de cotización desde 2023

No podemos finalizar esta parte sobre la base reguladora sin informarte de que, si ha habido etapas de tu vida laboral donde no has cotizado, podrás beneficiarte de la integración de lagunas. Antes de 2023, este mecanismo estaba vetado para los autónomos.

Desde el 18 de marzo de 2023, los trabajadores por cuenta propia pueden "rellenar" los meses no cotizados con una base de 960,60 €. Aunque hay un límite. Porque aunque un autónomo pueda acogerse a esta ventaja tras cada cese de actividad, solamente podrá integrar lagunas durante los seis meses siguientes a esos ceses.

Si no conoces este concepto, debes saber que la integración de lagunas consiste en reemplazar los meses en los que no se ha cotizado, y por tanto, la cotización es de 0 € para ese mes, con la base mínima de cotización de un trabajador de 18 años. Esto puede hacer que la base reguladora para una incapacidad permanente no se vea tan perjudicada por esos periodos no trabajados

¿Cómo se calcula la incapacidad permanente de un autónomo?

Llegamos al final del trayecto. Porque una vez hallada la base reguladora, para conocer la cuantía de la prestación por incapacidad permanente absoluta, simplemente aplicamos un porcentaje del 100%. Un autónomo, al igual que un empleado adscrito al Régimen General de la Seguridad Social, cobrará la totalidad de su base reguladora si le reconocen una pensión de incapacidad permanente en grado de absoluta. Ni siquiera le realizarán la retención del IRPF.

Ejemplo de Incapacidad Absoluta para autónomos

Imaginemos que, después de llevar a cabo la operación matemática correspondiente para conocer la base reguladora, el resultado es de 800 €. En ese escenario, un autónomo percibirá una pensión de 800 € al mes en 14 pagas si le asignan el grado de absoluta y esta deriva de contingencias comunes. Anualmente tendría, por tanto, unos ingresos de 11.200 €.

En contrapartida, si la incapacidad procede de contingencias profesionales (accidente de trabajo o enfermedad profesional), esos 11.200 € se dividirán en 12 pagas, debido a que las extra se encuentran prorrateadas. Y, en consecuencia, su pensión sería de 933,33 € al mes.

¿Y si me dan otro grado de incapacidad permanente?

En este link tienes más datos sobre la imposibilidad de conseguir una incapacidad permanente parcial si trabajas por cuenta propia, aspecto que puntualizábamos al comienzo de este post. Pero el INSS sí puede reconocerte una gran invalidez o una incapacidad total, que son pensiones diferentes a la absoluta.

Gran Invalidez

Con una gran invalidez, los ingresos son mayores que con la absoluta. Porque al 100% de la base reguladora hay que sumar un complemento económico. Y este será, como mínimo, del 45% de la base. De modo que, en el ejemplo que estamos exponiendo, este autónomo tendría derecho a cobrar 800 más 450, es decir, 1.250 €.

Pero para optar a este grado máximo de incapacidad hay que demostrar que, además de estar limitado para toda clase de trabajo, se necesita ayuda de terceras personas para las actividades cotidianas de la vida diaria (comer, asearse, etc.)

Incapacidad Permanente total

En el otro extremo, con un grado menos, que sería una incapacidad permanente total, el autónomo percibiría el 55% de su base reguladora, estando así protegido únicamente por no poder desempeñar su profesión habitual. Continuando con el ejemplo anterior, a este pensionista se le asignaría una prestación por incapacidad permanente de 440 € (el 55% de 800).

Hay que tener en cuenta, no obstante, que si el autónomo no lleva a cabo una actividad remunerada compatible una vez cumplidos los 55 años, el porcentaje ascenderá al 75%. Además, la base reguladora inicial, de 800 € en nuestro caso, aumentaría con las debidas regularizaciones.

En realidad, la incapacidad permanente del autónomo no suele traducirse en pensiones muy altas, porque hasta ahora siempre ha primado la tendencia de cotizar por lo mínimo para solo asumir la cuota más reducida. Sin embargo, con los nuevos tramos de cotización para autónomos desde 2023, esto ya no será tan mayoritario.

Los autónomos y la Incapacidad Permanente

Conclusión

Siendo trabajador por cuenta propia, se puede ser titular de una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez. Además, no olvides que si la contingencia es profesional, no te exigirán un periodo mínimo de cotización en lo referente a requisitos técnicos para acceder a la prestación. Y en lo tocante a la incapacidad absoluta, y a cuánto se cobra por ella, ten presente que lo esencial es tu base de cotización, que dará lugar a la base reguladora para la pensión. Por último, cabe señalar que si sufres un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, no debes preocuparte por si no has cotizado últimamente por contingencias profesionales, porque desde 2019 es obligatoria la cotización por contingencias profesionales, y está incluida en tu cuota.

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Acerca de

¡Hola! Soy Jorge, abogado especialista en Derecho Laboral desde 2007 y socio director de Campmany Abogados, un proyecto que nació en 2009 fruto de mi interés en ayudar a enfermos o lesionados. Estoy licenciado en Derecho por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona.

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