El síndrome del túnel carpiano (o CTS por sus siglas en inglés), principalmente afecta a la muñeca, a la mano y a los dedos. Este hecho, si hablamos de capacidad laboral, puede provocar que quienes padecen el síndrome tengan limitaciones para desarrollar una actividad profesional.
La pregunta que subyace aquí, por tanto, es si se puede trabajar con el síndrome de túnel carpiano. O, en otras palabras, si esta patología podría dar lugar a una pensión de incapacidad permanente.
En este post te explicamos si es posible obtener dicho tipo de prestación por síndrome del túnel carpiano, y qué grados de incapacidad podría reconocer el INSS en estos casos.
Paralelamente, también te aclaramos si esta dolencia de las muñecas es considerada enfermedad profesional o no.
El síndrome del túnel carpiano y su afectación laboral
Muchas personas que presentan este síndrome tienen dificultades para desempeñar su profesión habitual. Tengamos en cuenta que, según el Instituto Nacional norteamericano de Artritis y Enfermedades Musculoesqueléticas y de la Piel (NIH), se puede sentir entumecimiento, debilidad, hinchazón, pérdida de la coordinación u hormigueo en los dedos. Incluso, en casos graves, de forma constante.
Además, algunos músculos podrían debilitarse tanto que podría ser extremadamente difícil agarrar objetos o dar golpes repetidos.
Y en cuanto al dolor, los especialistas afirman que puede recorrer la mano y la muñeca y extenderse por el brazo, en ocasiones hasta el hombro.
Trasladando estos síntomas al entorno profesional, se puede inferir que realizar trabajos que requieran usar la mano o los brazos puede llegar a ser muy complejo sufriendo el síndrome de túnel carpiano. Y no únicamente si se precisa de esfuerzo o movimientos rotatorios. Por ejemplo, puede manifestarse de forma tan grave que solo trabajar frente a un ordenador o sosteniendo un teléfono a menudo puede ser altamente complicado -al ser una tarea realizada durante horas-.
Conforme a datos del NIH, las mujeres son más propensas que los varones a ser diagnosticadas de síndrome del túnel carpiano.
¿El síndrome del túnel carpiano es una enfermedad profesional?
Una incapacidad permanente, de la que hablaremos más adelante, se puede deber a un accidente (laboral o no) o a una enfermedad, la cual puede ser común o profesional. Sin embargo, no todas las dolencias que pueden tener relación con el ejercicio del trabajo son consideradas enfermedades profesionales por el INSS. En este sentido, la entidad pública dispone de un cuadro de enfermedades profesionales donde acota las que se incluyen.
Por tanto, para comprobar si el síndrome de túnel carpiano es una enfermedad profesional, hay que atender al Real Decreto 1299/2006, por el que se aprobó el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social. En él se puede observar que el "síndrome del túnel carpiano por compresión del nervio mediano en la muñeca" está, efectivamente, contemplado.
De modo que sí, puede ser calificado como una enfermedad profesional. Pero, ¡atención!, solamente cuando se produzca como consecuencia de llevar a cabo una actividad laboral y cumpla, además, con lo expuesto en la listado oficial en lo referente la profesión, ya que puede tener otros orígenes.
En concreto, en el cuadro del INSS, este síndrome pertenece al grupo 2: Enfermedades profesionales causadas por agentes físicos. Y más exactamente, se cataloga como subagente 02 dentro de los agentes de tipo F.
¿Se puede trabajar con el síndrome del túnel carpiano o me darán una pensión?
Cada caso es necesario analizarlo por separado; no podemos dar una respuesta genérica a esta pregunta. Pero la clave reside en si la patología te repercute negativamente en el desempeño de las funciones de tu puesto.
Por ejemplo, si sientes dolor y entumecimiento en la mano y en los dedos y, por esos motivos, no eres capaz de ejercer tu trabajo de electricista con normalidad manipulando cableado y herramientas, podrías ser candidato a una pensión de incapacidad.
¿Cómo obtener una incapacidad permanente si se padece el síndrome del túnel carpiano?
El primer paso es solicitar a tu especialista de la Seguridad Social, que suele ser un traumatólogo, que elabore un informe con tus limitaciones físicas: de movimiento, de prensión, de flexión, sobre límites del dolor, etc.
No obstante, es imprescindible que hayas recibido un tratamiento y que, pese a ello, persistan los síntomas o te hayan quedado secuelas como dolor crónico o lesiones nerviosas, entre otras que resaltan los expertos como plausibles.
Asimismo, tampoco suele ser válido -de cara al tribunal médico que te evaluará- que no se hayan probado todos (o gran parte de) los tratamientos recomendados en tu caso. Lo esencial en este punto es que se hayan agotado las posibilidades terapéuticas. Pero detengámonos aquí un momento.
La operación de túnel carpiano: ¿es necesaria para conseguir una incapacidad?
La respuesta a esta duda, que puede surgir al pensar en si se puede trabajar con el síndrome del túnel carpiano en casos severos, y donde se puede recomendar entrar a quirófano, no es sencilla. Porque depende de la valoración clínica.
Eso significa que si te niegas a una operación que no conlleva riesgos para ti (o son mínimos) y solo puede mejorar tu funcionalidad, como ocurre con la liberación del túnel carpiano, los inspectores médicos podrían proponer que no se te concediera la incapacidad permanente. En este supuesto, tu negativa a la cirugía se tacharía de "injustificada". Pero, por el contrario, si los riesgos superan a los posibles beneficios, en principio no habría motivo para que te la denegaran por esa razón.
Ahora bien, lo que está claro es que nadie te puede obligar a someterte a una intervención quirúrgica.
Tratamientos no quirúrgicos que tiene en cuenta el tribunal médico
Al margen de que pueda realizarse una operación, según fuentes del Hospital Clínic de Barcelona los tratamientos que pueden ser administrados para paliar los síntomas del túnel carpiano -y que la inspección médica revisará que no hayan funcionado en tu caso- son, por ejemplo:
- No farmacológicos
- Férulas
- Ejercicios y rehabilitación
- Electroterapia
- Medidas ergonómicas
- Tratamientos farmacológicos
- Antiinflamatorios
- Corticoides
Grados de incapacidad permanente por síndrome del túnel carpiano
Incapacidad parcial por síndrome de túnel carpiano
Este grado es el más bajo de incapacidad, y se puede reconocer si el trabajador puede seguir ejerciendo su profesión habitual pero con una disminución del rendimiento de, al menos, un 33%.
Respecto al cobro, con una incapacidad parcial por túnel carpiano se percibe una indemnización de 24 meses de la base reguladora. No se abona, por lo tanto, una pensión mensual.
Incapacidad total por síndrome de túnel carpiano
El grado puede elevarse al de total si, debido a los síntomas o secuelas de la enfermedad, la persona queda inhabilitada para llevar a cabo su trabajo habitual, pero no otros. De hecho, la normativa permite que el pensionista se dedique a otra actividad laboral sin perder su mensualidad -del 55% de su base reguladora-, siempre que esta no esté basada en las mismas tareas u otras muy similares.
Veamos una muestra: si a un taxista le aprueban una incapacidad total por túnel carpiano por no poder conducir, no podrá emplearse como camionero porque muy probablemente le revisarían la prestación.
Incapacidad absoluta por síndrome de túnel carpiano
No es fácil y está reservada a casos de extrema gravedad, o donde se suman otras dolencias limitantes, pero una incapacidad permanente absoluta por esta patología podría llegar a ser viable. Los requisitos es que las secuelas y/o los síntomas sean tales que, además de ser previsiblemente crónicos, no permitan desarrollar ningún tipo de trabajo con normalidad y eficiencia.
Insistimos en que se da en muy contadas ocasiones pero, de ser reconocida, con la incapacidad absoluta se cobraría el 100% de la base reguladora mes a mes. Y no proporciona la opción de buscar un empleo compatible, salvo que sea una ocupación de carácter residual que no cotice a la Seguridad Social.
Lo mismo sucede con la gran invalidez por síndrome de túnel carpiano, que es sumamente difícil de lograr. Para este nivel de incapacidad se exige que el síndrome concurra con otras enfermedades que provoquen dependencia de terceras personas.
No podemos finalizar este repaso por los grados de incapacidad permanente por túnel carpiano sin hacer una reflexión sobre este asunto. Imaginemos a un administrativo que solo consigue una incapacidad total por el síndrome. A pesar de que cada persona es única, igual que la repercusión de la dolencia, ¿a qué otras labores remuneradas podría optar si ni siquiera puede teclear? ¿No merecería la incapacidad absoluta si la enfermedad es tan invalidante para él, considerando que las manos son básicas en la mayoría de las profesiones? Esta controversia es común a otras afecciones, y en ocasiones puede ser aconsejable que un abogado valore si hay argumentos suficientes para luchar por la absoluta en un juicio.
Incapacidad absoluta por túnel carpiano: un caso real
En nuestro despacho hemos ganado diversas sentencias de incapacidad por túnel carpiano. Como la que puedes consultar aquí, donde nuestro cliente era Álvaro, un limpiador.
Lo que más invalidaba a Álvaro no era el síndrome de túnel carpiano, sino su artritis de rodilla. Sin embargo, el hecho de que lo padeciera, junto a otras enfermedades, nos ayudó a que el juez le otorgara la incapacidad absoluta.
De aquí podemos extraer otro input: si bien, como hemos subrayado antes, una incapacidad permanente absoluta por túnel carpiano es algo muy excepcional, también puede convertirse en un motivo que fortalezca el acceso a una pensión del 100% de la base reguladora.
¿Se puede trabajar con el síndrome del túnel carpiano?
Conclusión
Las limitaciones para trabajar no dependen de tener diagnosticado o no el síndrome de túnel carpiano, sino que hay que estudiar cómo este invalida a cada persona en concreto. Y, además, recuerda que es necesario haberse tratado debidamente, y que aun así queden dificultades claras para continuar en activo. Sobre todo, esto debes aplicarlo a tu empleo actual, ya que puede ser muy complicado (solo con esa dolencia) obtener una incapacidad en un grado mayor al de total -que es la que protege económicamente por no poder asumir las tareas fundamentales de la profesión habitual-.
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