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Su TOC hizo que obtuviera la Incapacidad Absoluta incluso antes del juicio

Su TOC hizo que obtuviera la Incapacidad Absoluta incluso antes del juicio
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Seis días antes del juicio oral, y tras un largo camino previo de gestiones administrativas y legales, el INSS concedía a Silvia la incapacidad absoluta. Esta es la sorprendente historia de una teleoperadora con Trastorno Obsesivo Compulsivo (TOC), que tras no quedarle más remedio que acudir a la vía judicial, vio como la Seguridad Social daba su brazo a torcer en el último momento. Aún así, el juicio se celebró y en él se ratificó dicho grado de invalidez.

Todo comenzó en 2018

Silvia padecía TOC desde hacía tiempo, e incluso había tenido varias bajas por este motivo -la última de ellas iniciada en marzo de 2018, por la cual solicitó una incapacidad permanente-. Pero en junio de dicho año, el INSS se la denegó.

El Tribunal Médico había emitido previamente un dictamen donde aseguraba que la solicitante padecía “Trastorno obsesivo compulsivo leve-moderado; sin limitaciones psicosociales ni funcionales”. De ahí la negativa y la posterior desestimación de su Reclamación Previa en septiembre.

La actitud del INSS en 2020

El juicio oral tuvo lugar el 28 de enero de 2020, y en la sentencia se puede observar que el día 22 el INSS reconoció a la trabajadora la incapacidad permanente absoluta, pues había seguido de baja en todo momento. Y la resolución incluía efectos desde agosto de 2019, que es cuando se habían cumplido los 18 meses de incapacidad temporal. Esto fue el resultado de que el INSS se hubiera demorado tanto a la hora de emitir resolución.

Pero nosotros seguimos adelante con su caso, con el fin de conseguirle más tiempo de atrasos, ya que le deberían haber reconocido la invalidez cuando la solicitó inicialmente. Y con el objetivo de que hubiera una sentencia judicial al respecto. Porque cuando una incapacidad se obtiene ante la ley, es menos probable que el INSS llame a la persona afectada a las revisiones periódicas -con el riesgo de perder la invalidez-. 

Nuestros informes: más completos y reales

Pese a que la propia Seguridad Social ya había cambiado de opinión, durante el pleito aportamos informes médicos que mostraban inequívocamente que nuestra cliente no podía trabajar en ninguna profesión. Demostramos una vez más su TOC, el cual se combinaba “con una mezcla de pensamientos y actos obsesivos”. Informamos al magistrado de que Silvia sufría esta enfermedad desde los 8 años, y había sido atendida por diferentes profesionales, empeorando con el paso del tiempo.

Paralelamente, expusimos que actualmente padece rituales y pensamientos intrusivos, así como una agorafobia que le impide salir de casa o exponerse a la luz del sol. Y que a pesar de continuar en tratamiento, los síntomas no se reducían.

Tras valorar todo ello, el juez identificó “la concurrencia de síntomas graves, con alteración grave de la actividad social o laboral”.

Incapacidad Absoluta por TOC

Finalmente, y tras estudiar toda la documentación, el Juzgado de lo Social n° 08 de Barcelona dictó que a Silvia se le otorgara la invalidez absoluta por su afección. Y lo hizo argumentando que lo merecía tanto si las dolencias ya se habían consolidado 2018 (y el Tribunal Médico no realizó una evaluación correcta) como si se habían agravado durante el transcurso del procedimiento judicial

Y los atrasos desde agosto de 2019 especificados por el INSS se alargaron, gracias a la sentencia, hasta el mes de mayo de 2018. De este modo, Silvia tiene derecho a un abono adicional que suma aproximadamente quince mensualidades del 100% de su base reguladora, descontando lo que había cobrado mientras permanecía de baja en ese periodo, que era una cantidad muy inferior.

Consulta la resolución judicial aquí mismo:

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