Incapacidad Permanente por patologías de hombro
El primer paso para evaluar una posible incapacidad permanente por enfermedades del hombro es atender a la gravedad de la lesión, pero sobre todo a sus síntomas y secuelas.
Según fuentes sanitarias, para este fin los médicos especialistas (traumatólogos) actualmente utilizan un modelo basado en valoración subjetiva del dolor, función y limitaciones en actividades diarias y laborales. Y, paralelamente, un examen objetivo del rango de movimiento (abducción, flexión, rotación) y de la fuerza muscular, aunque priman criterios específicos conforme al tipo de lesión: bursitis, tendinopatía del manguito rotador, capsulitis, artrosis...
¿Puede una lesión de hombro causar una inpacidad permanente?
Basado en lo anterior, existirían cuatro grupos funcionales según la lesión escapular, a partir de los cuales se podría estudiar una posible incapacidad permanente por dolor crónico de hombro:
- Dolor leve o ausente, función casi normal y sin atrofias.
- Dolor residual que limita sostenidamente la función y ciertas actividades laborales, con rango de movimiento reducido y signos degenerativos. Requiere de tratamiento continuo.
- Dolor intenso y limitación grave de la movilidad, pese al tratamiento, con atrofias evidentes y marcadas alteraciones en pruebas complementarias.
- Dolor intenso constante inhabilitante, que puede acompañarse de la necesidad de ayuda para actividades básicas de la vida diaria (por ejemplo, si ha habido una amputación).
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¿En que casos se concede la incapacidad permanente por enfermedad de hombros?
En muy pocos casos -y solo para tareas que supongan requerimientos muy intensos para la articulación-, las personas que se identifiquen con el primer grupo podrían obtener una prestación de lesiones permanentes no invalidantes, que consiste en un pago único muy reducido, que no es una inemnización cuantiosa ni una pensión mensual.
A continuación, se exponen las posibles pensiones de incapacidad permanente para el resto de grupos: 2, 3 y 4.
Grados de incapacidad permanente por lesión de hombros
Incapacidad permanente parcial por patologías de hombro
No es frecuente que se conceda una incapacidad parcial debido al dolor crónico o a la falta de movilidad del hombro. Sin embargo, existen algunas sentencias de los últimos años donde ha ocurrido, sobre todo tras reclamaciones a los tribunales superiores de Justicia.
En estos casos reales, la incapacidad permanente parcial se ha reconocido a fisiotetapeutas o limpiadores, entre otros perfiles de alta exigencia de la articulación, por haber visto disminuido su rendimiento en un 33% o más. Pero no es común.
Incapacidad permanente total por patologías de hombro
La incapacidad permanente total por patologías de hombro abarca a trabajadores que:
- tienen diagnosticada una lesión escapular de grado 2 -veánse los grados funcionales arriba enumerados-, pero solo si se demuestra que están limitados para trabajos donde es necesario cargar peso, efectuar movimientos repetitivos, etc.
- están clasificados en el grado 3, de modo que no pueden realizar tareas con elevación del brazo por encima de la línea horizontal, con fuerza o destreza manual, con movimientos repetidos, etc.
Por ejemplo, si se sufre síndrome del manguito rotador, tendinitis, artrosis acromioclavicular o bursitis de hombro podría otorgarse una incapacidad total para determinados puestos laborales.
Incapacidad permanente absoluta por patologías de hombro
Cuando hay presencia de una lesión escapular de grado 4, se puede lograr una incapacidad permanente absoluta por patologías de hombro si hay otras dolencias complementarias.
De cara al tribunal médico, no obstante, en estas circunstancias la enfermedad del hombro será algo secundario. Pero al padecerse un dolor incesante y conjunto, se puede entender que hay una importante limitación en el ámbito laboral.
Discapacidad por patologías de hombro
El "simple" diagnóstico de dolor crónico de hombro no es suficiente para fijar un grado de discapacidad relevante conforme al baremo que se emplea actualmente. En consecuencia, es imprescindible que el dolor implique deficiencias en la funcionalidad, con impacto claro en la vida diaria -actividades, trabajo o participación social- y que ello quede acreditado objetivamente.
Según dichos criterios, los porcentajes de discapacidad que se pueden obtener por enfermedades del hombro son los siguientes:
- Para situaciones leves (limitación parcial de la movilidad del hombro, sin afectación severa de actividades básicas), habitualmente la valoración se sitúa entre el 5 y el 24% de discapacidad, que no genera ningún derecho.
- Cuando la limitación repercute de forma objetiva en los actos cotidianos esenciales -como aseo personal o vestido- el porcentaje puede elevarse: desde el 25 hasta el 49%, como máximo.
- Por último, en supuestos excepcionales de grave limitación (imposibilidad de usar el miembro superior en casi cualquier tarea) se puede llegar al 50% de discapacidad o más, pero no es lo habitual con una sola extremidad afectada.


