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Una jueza concede la Incapacidad Total a una esteticista por hernia discal y lumbalgia crónica

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Su petición no era muy ambiciosa, porque su base reguladora no era elevada y además solo solicitaba una incapacidad total, no absoluta. Aun así, el INSS se la denegó. Y fue entonces cuando Dafne decidió tomar cartas en el asunto y contactar con nuestro despacho. Sus graves dolencias lumbares eran un enorme obstáculo para que ella pudiera seguir ejerciendo su trabajo de esteticista. Y ahora al fin está tranquila en ese sentido. 

2018: El comienzo

En marzo de 2018 la Seguridad Social resolvió que Dafne no tenía derecho a ningún grado de incapacidad permanente. El Tribunal Médico, que la había examinado previamente, había emitido sin embargo un dictamen donde manifestaba que la trabajadora padeció una hernia discal voluminosa en 2013, por lo que se había sometido entonces a una cirugía de disectomía. Y se hacía constar que su patología se había vuelto a reproducir posteriormente (recidiva) provocando lumbalgia -pero solo “residual”- y fibrosis epidural. Esta última afección es consecuencia de la intervención quirúrgica que le fue realizada, y genera nuevos dolores lumbares y ciáticos. 

Pese a este informe, en la reclamación previa que la esteticista tramitó después, el INSS reconfirmó su postura y desestimó la súplica de Dafne.

La enfermedad: Lumbalgia crónica 

Tras interponer la correspondiente demanda, hubo un juicio en el Juzgado de lo Social n°15 de Barcelona. Nuestros abogados aportaron en él informes médicos que mostraban que nuestra cliente sufría en la actualidad de lumbalgia crónica, un elemento muy relevante y que se sumaba a lo expuesto por el Tribunal Médico. Porque este, en su resolución, hablaba más del pasado que del presente. Por el contrario, nosotros probamos que los problemas lumbares persistían a día de hoy, eran muy severos y se habían cronificado. 

Paralelamente, presentamos ante la magistrada un profesiograma donde se esclarecía que el trabajo de Dafne era incompatible con sus dolores de espalda. 

El motivo: La sobrecarga lumbar 

Finalmente, la sentencia ratificó que esta profesional de la estética merecía una pensión de incapacidad total. La razón fue que “la actora se encuentra limitada para tareas que requieran de sobrecarga lumbar, deambulación, así como bipedestación y sedestación mantenida”. Y condenó al INSS a abonarle una prestación del 55% de la base reguladora (582,94 € mensuales), “más las revalorizaciones, mejoras y mínimos legalmente aplicables”.

Por último, se ordenó que su invalidez tuviera una fecha de efectos de febrero de 2018, momento en que Dafne fue valorada por el Tribunal Médico. Ello supone que, como la sentencia es de febrero de 2020, la ahora pensionista cobra además dos años de atrasos.

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