Esta trabajadora se puso en contacto con nuestra sede de Madrid cuando el INSS solamente le concedió una incapacidad permanente total para su profesión habitual de administrativa. Ella necesitaba una incapacidad absoluta, ya que debido a su migraña crónica no podía realizar ningún tipo de trabajo. Y eso es precisamente lo que logramos tras ir a juicio a luchar por sus intereses.
Una resolución insuficiente
Charo inició un proceso de incapacidad temporal a principios de 2020, y en 2021 el INSS le abrió un expediente de incapacidad permanente. Tras su visita al tribunal médico, se dictó un dictamen-propuesta que indicaba que la empleada, administrativa de atención al público, padecía “migraña refractaria a tratamiento”. Ningún medicamento le hacía efecto.
Fue entonces cuando el INSS, en nuestra opinión, se equivocó al reconocerle únicamente una incapacidad total para su ocupación de administrativa. Porque si la entidad pública consideraba que Charo no podía ejercer ni siquiera un trabajo sedentario de oficina debido a sus migrañas, ¿qué otras actividades laborales podría llevar a cabo? En aquel momento deberían haberle otorgado una absoluta, y por esa razón fuimos a juicio.
Migrañas frecuentes, vómitos y vértigos
La vista judicial se celebró en el Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, donde presentamos como prueba informes médicos que revelaban claramente la situación invalidante de esta administrativa. En ellos se podía leer que nuestra cliente tenía migraña persistente que, además de dolor y malestar, le provocaba vómitos y vértigos.
En cuanto a la periodicidad de los episodios, demostramos que la frecuencia de las migrañas era casi todos los meses superior a 15 días. Concretamente, y según se señala en la propia sentencia, desde agosto de 2021 a febrero de 2022 no había habido un solo mes donde la enfermedad no se presentase 20 días o más -en su mayoría, 21 como mínimo-.
Sentencia de Incapacidad Absoluta
El juez que llevó al caso dictó finalmente que, "teniendo en cuenta la frecuencia de las migrañas y cefaleas, que la medicación que tiene pautada la actora no consigue atenuar las mismas y la clínica que le provocan, vértigos y vómitos, es manifiesto que no puede desarrollar actividad laboral alguna por muy liviana que fuese, con profesionalidad, rendimiento, regularidad".
De esta manera, el juzgador estimó nuestra demanda y condenó en noviembre de 2022 a la Seguridad Social a abonar a nuestra defendida una prestación de incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad común. Ahora esta trabajadora cobra una pensión del 100% de su base reguladora, que asciende a casi 1.200 € al mes (1.193,82 €), y a lo que se han sumado atrasos desde 2021.
Descarga o lee la resolución judicial aquí: