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Jubilación Activa: ¿Es rentable trabajar y jubilarse a la vez?

¿Puedo trabajar si me jubilo? ¿Puedo trabajar si me jubilo?

Jubilación y actividad laboral son, a simple vista, términos contrapuestos. Pero con la jubilación activa no es así, ya que se compaginan. Te explicamos qué es la jubilación activa. Y te informamos de cómo calcular lo que percibirías de pensión en caso de solicitarla, y cómo hacer dicho trámite.

¿Qué es la Jubilación Activa?

Desde el año 2013 está permitido compatibilizar el hecho de percibir un porcentaje de la pensión de jubilación con la realización de cualquier trabajo por cuenta ajena (a jornada parcial o incluso completa) o también por cuenta propia -autónomos-. Siempre y cuando se acrediten los requisitos exigidos, como veremos más adelante. Lo esencial: haber cumplido la edad de jubilación ordinaria que nos corresponda.

Por tanto, no se trata de cobrar todo lo que nos correspondería por jubilación, sino solo una parte. Además, en los casos de jubilación activa tampoco se puede acceder al complemento a mínimos. No obstante, cuando una persona está en situación de jubilación activa, es considerado pensionista a todos los efectos.

Sin embargo, el importe a ingresar por jubilación activa no es el 100%, sino solo un 50%. Cualquiera que sea la jornada laboral o la actividad por cuenta ajena que realice. Y la cantidad resultante se revalorizará según lo establecido en la ley, aunque también esa revalorización será aplicada al 50%.

Una vez que se finaliza el trabajo, se vuelve a recuperar el total de la jubilación ordinaria.

Cotización por jubilación activa

Un jubilado en modo activo tiene que cotizar por IT (Incapacidad Temporal) y por contingencias profesionales. Por esta razón, si se está cotizando por jubilación activa, solo se tiene derecho, si corresponde, a las prestaciones de incapacidad temporal, y a las prestaciones por incapacidad permanente o por muerte y supervivencia -estas dos últimas solo si son derivadas de contingencias profesionales-.

A su vez, un jubilado activo está sujeto también a la llamada cotización especial de solidaridad, que no computa en futuras prestaciones. Esta se establece en un 8%, y se distribuye entre el empresario (que asume el 6%) y el trabajador (con solo el 2%). Este porcentaje de ocho puntos se aplica sobre la base de cotización por contingencias comunes.

Nota: La cotización acumulada durante la jubilación activa no incrementa la cuantía de la pensión de jubilación.

Profesionales colegiados

Los profesionales colegiados que no se han dado de alta como autónomos en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) -o están exentos de hacerlo- y en su lugar están incorporados en la Mutualidad de Previsión de su Colegio, también pueden disfrutar de la jubilación activa.

Diferencias entre Jubilación Activa, Jubilación Flexible y Jubilación Parcial

Jubilación flexible

Quizá este concepto te suene, porque puede que hayas oído hablar de la jubilación flexible. Pero debes saber que son diferentes.

Para la Seguridad Social, jubilación activa no es sinónimo de flexible. La jubilación flexible es a posteriori, es decir, cuando un jubilado que ya cobra la jubilación y dejó de trabajar por esta razón en su momento, reinicia posteriormente su actividad laboral. Aunque solo puede hacerlo con un trabajo que sea a jornada parcial.

Por el contrario, como hemos explicado en este artículo, en la jubilación activa la persona –aún habiendo llegado a la edad de jubilación no ha dejado aún su carrera profesional cuando decide, a la vez, incorporar a sus ingresos una parte que provenga de la jubilación. Y, además, ambos tipos de jubilación tienen requisitos diferentes para su disfrute.

Jubilación parcial

Tampoco es equivalente la jubilación activa con la jubilación parcial. Porque mientras se cobra este otro tipo de jubilación (la parcial), solo se permite como máximo realizar una determinada jornada parcial, no cualquiera como sí es el caso de la activa. Y un jubilado parcial, además, cobrará en proporción porcentaje de tiempo trabajado, lo que no ocurre con la jubilación activa.

Paralelamente, en la jubilación parcial está muy presente el concepto del trabajador relevista, aspecto que no influye en casos de jubilación activa -ni tampoco en los de jubilación flexible-.

La jubilación activa puede compaginarse con una jornada de trabajo completa si así se desea, aspecto que no es posible con la jubilación parcial, que solo es compatible con una jornada reducida.

Jubilación Activa autónomos

En esta ocasión, sí tenemos buenas noticias para los autónomos. Porque gracias a la Ley de Reforma Urgente del trabajo autónomo (Ley 6/2017 de 24 de octubre), un profesional independiente que trabaje por cuenta propia puede acceder a la jubilación activa cobrando el 100% de su jubilación.

Aunque para ello es necesario, tener contratado, al menos, a un trabajador por cuenta ajena. Así es la jubilación activa desde 2018 para autónomos. De modo que si trabajas en solitario, sin colaboradores contratados, solo podrás cobrar el 50%, tal como les ocurre a los empleados adscritos al Régimen General.

Las características de la jubilación activa para autónomos en 2018 no ha cambiado para 2023.

Pero ¿qué sucede en casos de jubilación activa de autónomos societarios? No es posible que si eres administrador o socio de una empresa accedas a la jubilación activa.

A pesar de que ha habido alguna sentencia judicial que ha decidido lo contrario en casos concretos, por ley está prohibido la jubilación activa para administrador de una sociedad.

Jubilación activa autónomos formulario

Si eres autónomo jubilado activo, y antes no tenías trabajadores a ti cargo pero en la actualidad sí, puedes solicitar el incremento de la cuantía de la jubilación activa al 100% rellenando el formulario que encontrarás en este link.

Requisitos Jubilación Activa: empleados

Hay cinco condiciones principales para acceder a la jubilación activa de la Seguridad Social si eres trabajador por cuenta ajena:

  1. Antes de la Reforma de las Pensiones de 2022 tan solo era necesario, en cuanto a la edad, haber cumplido la edad ordinaria de jubilación vigente en el momento. Sin tener en cuenta las bonificaciones o anticipaciones de edad para la jubilación que pudieran corresponder. Pero a partir de 2022 se exige el transcurso de al menos un año desde el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.
  2. El porcentaje aplicable a la base reguladora, con el fin de determinar la cuantía de la pensión, ha de alcanzar el 100%. Esta frase puede llevar a equívocos, porque lo que realmente significa es que, por ejemplo en 2023, la persona tiene que acreditar haber cotizado, concretamente, 36 años y medio (el mínimo exigido). Sin que sea posible realizarlo en base a un porcentaje inferior o esperando alcanzar dicho cien por cien mediante las cotizaciones que se generen durante la jubilación activa.
  3. Que la actividad profesional que se desarrolle se lleve a cabo dentro del sector privado. No es válida la jubilación activa en empresas públicas.
  4. No estar en situación de jubilación anticipada, a no ser que sea una jubilación anticipada parcial. En este segundo supuesto, sí se puede solicitar la jubilación activa.
  5. Por último, es necesario que la empresa esté de acuerdo con tu propuesta de jubilación activa, ya que no es obligatorio para el empresario aceptarla.

Estos requisitos, en su mayoría, son fruto de una sentencia emitida por el Tribunal Supremo (TS) el 30 de mayo de 2017. Y, por el momento, siguen vigentes.

Los requisitos para acceder a la jubilación activa no son, como se puede observar, demasiado exigentes, debido a que se intenta motivar a elegir este sistema para rebajar la carga del gasto del Estado en las pensiones.

Requisitos para la empresa

La empresa donde trabajas mientras cobras la jubilación activa, debe acreditar -y lo hace en un formulario del que hablaremos a continuación- que no ha adoptado “decisiones extintas improcedentes” hacia ti en los últimos seis meses. Es decir, que no te hayan despedido de modo improcedente en ese periodo. Y debe mantener tu empleo mientras seas un jubilado activo (a no ser que sí haya razones objetivas para un despido procedente).

Cómo solicitar la Jubilación Activa

En el último de los requisitos mencionábamos que es fundamental que la empresa acepte la jubilación activa que pide el trabajador. Por este motivo, en el proceso de solicitud, tendrás que aportar el formulario de conformidad que encontrarás aquí. Y que debe ser rellenado por la propia empresa.

El resto del proceso es igual que en otros tipos de jubilación:

  • Entrar en la Sede Electrónica de la Seguridad Social y realizar el trámite.
  • O bien pedir cita previa por teléfono, vía App o mediante la Sede Electrónica. Puedes encontrar más información sobre cómo pedir cita previa en este otro artículo de nuestro blog. 
  • Junto al formulario de conformidad de tu empresa, debes entregar el formulario de solicitud de jubilación. Puedes descargarlo en este enlace. En el documento, deberás seleccionar la casilla JUBILACIÓN ACTIVA dentro del apartado 2.4. Así como completar la “Declaración de actividad” que se engloba en ese mismo apartado.
    • Para una mayor agilidad, y si no te has descargado previamente el formulario de conformidad de la empresa, dentro del formulario de solicitud de jubilación también lo hallarás. Búscalo en el PDF como ‘Adenda’.
  • A la par que los dos formularios, cuando vayas a la Seguridad social a tramitar tu jubilación activa (la solicitud), no olvides tu DNI o NIE. Y si alguien va a hacerse cargo de esta gestión en tu nombre, ha de llevar la documentación acreditativa de la representación legal.

Cómo se calcula la jubilación activa

Para que compruebes si para ti es rentable trabajar y estar jubilado al mismo tiempo, mediante el sistema de jubilación activa, puedes calcular el importe que percibirás al jubilarte. ¿Cómo realizar este cálculo?

Primero, tienes que saber lo que te correspondería por jubilación ordinaria, y esa cantidad dividirla por la mitad. Dicho 50% de tu pensión de jubilación sería tu mensualidad por ser jubilado activo.

Por consiguiente, el camino es calcular lo que sería tu pensión de jubilación ordinaria en 2023. En dos pasos:

  1. Consulta, mes a mes, las bases de cotización de tus últimos 25 años cotizados en este link.
  2. Ahora hay que buscar otra cifra: la de la base reguladora, que es el resultado de dividir entre 350 el resultado de sumar las bases de cotización tus últimos 300 meses cotizados -esos 25 años-.

Y, tal como decíamos al inicio de este punto, el resultado ahora tendrías que dividirlo entre dos.

Conclusión

La jubilación activa puede resultar muy interesante -¡y rentable!- sobre todo para autónomos, que no sean administradores o socios de una empresa pero que sí tengan personal contratado. Porque pueden seguir trabajando (y facturando) una vez cumplida la edad ordinaria de jubilación, y a la vez cobrar el 100% de su pensión por jubilarse administrativamente.

Para empleados de empresas o autónomos sin plantilla a su cargo, el importe sin embargo es la mitad: el 50%. Pero es idóneo para personas que no quieren aún dejar de ejercer su profesión. Porque como “recompensa” por esa decisión, el Estado le da al menos esa parte de su pensión de jubilación, que cuando dejen definitivamente su trabajo ya será del 100% de lo que les corresponda.

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Acerca de

¡Hola! Soy Jorge, abogado especialista en Derecho Laboral desde 2007 y socio director de Campmany Abogados, un proyecto que nació en 2009 fruto de mi interés en ayudar a enfermos o lesionados. Estoy licenciado en Derecho por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona.

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