Incapacidad Permanente por Patologías de Manos
Las manos y muñecas pueden sufrir patologías que incapaciten y den lugar a una pensión de incapacidad permanente. Pero esta opción no es posible en cualquier caso en que se diagnostique una dolencia de este tipo, porque dependerá de la valoración del Tribunal Médico.
Las claves son el grado de afectación y las limitaciones que experimente la persona afectada, en función del tipo de patología concreta, sus causas y la eficacia de los tratamientos administrados.
Por ejemplo, es muy probable que la tendinitis de Quervain conlleve una incapacidad permanente, al igual que la rizartrosis, causa de invalidez también.

Índice de contenidos
Criterios para Incapacidad Permanente por Patologías de Manos
Incapacidad Permanente Parcial
Cuando existe pérdida de movilidad (en un dedo, por ejemplo), o incluso se ha producido la amputación de un miembro, pero el trabajador -aunque con dificultad- puede continuar ejerciendo su trabajo, este podría ser beneficiario de una incapacidad permanente parcial.
Incapacidad Permanente Total
En determinadas profesiones que requieren de esfuerzo físico (como cuando se manejan cargas) o tareas de precisión con las extremidades superiores, es posible conseguir la incapacidad permanente total por patologías de manos y muñecas.
En estos supuestos, las limitaciones por enfermedad han de ser incapacitantes.
Incapacidad Permanente Absoluta
Se puede llegar a alcanzar el grado de incapacidad permanente absoluta si ha habido una amputación o si el caso reviste una especial gravedad.
Si se da alguna de estas circunstancias, se entenderá que el trabajador no está en condiciones de llevar a cabo ningún tipo de actividad laboral con normalidad.
Gran Invalidez
Únicamente será posible obtener un complemento de Gran Invalidez cuando se haya producido una amputación doble, en ambas muñecas. Y si el INSS coincide con el Tribunal Médico en que el grado de dependencia del afectado implica la ayuda de otra persona para realizar las actividades más básicas de la vida diaria.

Grados de discapacidad por Patologías de Manos
Los criterios para valorar una discapacidad originada por una patología de manos y/o muñecas están presentes en el capítulo 2 del Real Decreto 1971/1999.
Más concretamente, el porcentaje de discapacidad dependerá de lo indicado en la sección relativa a las extremidades superiores.
En dicho apartado se abordan las deficiencias de la muñeca y de los dedos de la mano, debido a amputación, pérdida de sensibilidad o limitación de movimiento. Incluyéndose también lesiones de los nervios periféricos, del plexo braquial y de los nervios raquídeos, además de problemas vasculares y otros trastornos.