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Incapacidad Permanente por accidente de tráfico

Un accidente de tráfico puede ser causa de Incapacidad Permanente si las secuelas que deja crean limitaciones para trabajar. Si es muy grave, puede incluso que el INSS declare una Gran Invalidez, el grado más alto de incapacidad.

En cuanto a la contingencia, puede tratarse de un accidente laboral si se produce mientras se está ejerciendo una actividad laboral, incluyendo aquí el trayecto al trabajo o volviendo a casa (o si se está fuera de la empresa cumpliendo un encargo del empresario).

Y será un accidente no laboral si se debe a otro tipo de circunstancia ajena al trabajo. 

Cause o no una incapacidad, un accidente de tráfico puede conllevar una indemnización para la víctima, con arreglo al baremo de accidentes de tráfico.

Pero en este caso el desembolso ya no correrá a cargo del INSS.

Por ejemplo, se puede llegar a conseguir una indemnización por incapacidad permanente total en accidente de tráfico.

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Índice de contenidos

  1. ¿Accidente no laboral o de trabajo?
  2. Posible responsabilidad de la empresa
  3. Tipos de Incapacidad Permanente por accidente de tráfico
  4. Conclusión

¿Accidente no laboral o de trabajo?

Según dicta la ley, para determinar si el accidente de tráfico ha sido laboral o no, cuando el trabajador afirma que sí, es necesario analizar:

  • el relato fáctico
  • la hora en la que se finalizó el trabajo
  • el momento exacto en el que se produjo el accidente de tráfico
  • el recorrido que realizaba el trabajador

Estos datos son necesarios si, por ejemplo, el accidente tuvo lugar cuando el empleado iba a su puesto o venía de él en un vehículo o como peatón, lo que en ese caso sería un accidente de trabajo in itinere.

Incluso, hay sentencias que han constatado la existencia de un accidente laboral por accidente de tráfico aunque el conductor hubiera consumido estupefacientes:

“Se consideró accidente laboral el accidente de tráfico in itinere, pues el hecho de que el trabajador diera positivo en drogas no rompe la presunción de laboralidad del accidente”.

U otras donde un desvío habitual no rompe la norma del accidente in itinere:

“Se considera accidente de trabajo el accidente de tráfico al desplazarse del centro de trabajo a donde está escolarizado su hijo y desplazamiento posterior de ambos al domicilio habitual”.

Paralelamente, hay que tener en cuenta que el accidente de tráfico puede ocurrir mientras se está desarrollando las funciones profesionales, lo que se da sobre todo si el trabajador es un conductor profesional: de tren, de autobús, mensajero, transportista, etc.

Por el contrario, el accidente de tráfico se considerará accidente no laboral si sucede durante el fin de semana, en vacaciones, en momentos de ocio o personales, etc.

En definitiva, durante situaciones no relacionadas con la actividad laboral que se desempeña habitualmente.

La jurisprudencia ha establecido en este sentido que no se reconocerá un accidente laboral si el accidente de tráfico acontece por ejemplo “en una carretera, alejada del centro de trabajo y ajeno, por lo tanto, al habitual trayecto que recorre, a diario, el trabajador para reintegrarse a su domicilio una vez terminada la jornada laboral”.

El accidente de trabajo y el no laboral, junto a la enfermedad común y a la profesional, constituyen las cuatro contingencias de la incapacidad permanente.

No solo conductores

Un accidente de tráfico no se limita a los que sufren los conductores.

Un sujeto que solicita por accidente de tráfico una incapacidad permanente total, por ejemplo, también puede haberlo padecido como peatón, como copiloto en un coche o como pasajero en un medio de transporte, entre otros supuestos similares.

E igualmente puede derivar en una pensión de invalidez, sea la contingencia accidente de trabajo o no.

Posible responsabilidad de la empresa

Hay accidentes de tráfico, considerados laborales, en los que la empresa tiene una responsabilidad directa -no siendo el incidente fruto del azar-.

Un motivo puede ser no haber adoptado medidas eficaces de prevención de riesgos laborales.

En dichos casos, la pensión de incapacidad, si esta fuera declarada, se vería incrementada entre un 30 y un 50%. Abonando dicho importe adicional el empresario. 

Hay que recordar aquí una resolución judicial donde la empresa fue condenada por ser responsable de la muerte de una trabajadora en un accidente de tráfico, cuando se dirigía a cubrir un evento por orden de la empresa.

Porque no formó a sus empleados de medidas de prevención de accidentes de tráfico ni evitó las jornadas excesivas de conducción o laborales.

Tipos de Incapacidad Permanente por accidente de tráfico

Un accidente de este tipo, sea o no calificado como accidente de trabajo, puede generar cualquier grado de incapacidad: parcial, total, total cualificada, absoluta o gran invalidez.

Según la gravedad de las secuelas y, ante todo, de las limitaciones que estas supongan para el ejercicio del trabajo, se concederá un grado u otro. Porque no solo por haber sufrido un accidente de tráfico se logra una pensión de invalidez, siendo necesario demostrar médicamente que las lesiones invalidan para trabajar.

Asimismo, cabe la posibilidad de que no se asigne al afectado una incapacidad, pero sí lo que se denomina lesión permanente no invalidante: cualquier lesión, mutilación o deformidad permanente causada por un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, que no llega a ser una incapacidad permanente pero que implica la disminución de la integridad física del trabajador.

Aquí la protección no estriba en una mensualidad pero sí en una indemnización a tanto alzado.

El accidente de tráfico cumplida la edad de jubilación

La ley dice que no es posible solicitar una incapacidad permanente por accidente de trabajo una vez que se ha cumplido la edad de jubilación ordinaria, incluso aunque el empleado estuviera trabajando y de alta en la Seguridad Social en el momento del accidente.

Esto es debido a que las pensiones de jubilación y las de invalidez no son compatibles.

Conclusión

Sufrir un accidente de tráfico puede hacer que una persona comience a percibir una pensión de invalidez. Pero el cálculo de la incapacidad permanente, total u otra, no se realiza según el baremo trafico.

Dicho baremo se utiliza para las indemnizaciones de las aseguradoras, etc.

La mensualidad se calculará como el resto de las incapacidades permanentes, conforme a la base reguladora del trabajador, su edad y la contingencia (en este caso accidente de trabajo o no laboral), entre otros factores.

Lo que sí es seguro es que el accidente de trabajo no será nunca la contingencia en sí, sino la razón de las lesiones invalidantes.

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